Hombre con gran dependencia sentado en una silla de ruedas adaptada mientras una cuidadora le acompaña y atiende en una habitación del hogar.

La reciente creación del nuevo Grado III+ de dependencia representa, sin lugar a duda, uno de los avances sociales más significativos de los últimos años para las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en fase avanzada y otras enfermedades irreversibles de alta complejidad.

Impulsada por la incansable reivindicación de las asociaciones de pacientes y materializada a través de la normativa estatal del Gobierno de España, esta medida nace con una vocación transformadora: garantizar la viabilidad de los cuidados continuados en el domicilio.

La instrucción que regula su aplicación en nuestro territorio establece prestaciones económicas sin precedentes, que oscilan entre los 3.200 y los 9.850 euros mensuales. Cuenta con un plazo máximo de resolución preferente de tres meses. Sin embargo, la efectividad de este logro legislativo está colisionando frontalmente con una barrera tan silenciosa como insalvable: la pasividad institucional y la falta de proactividad de la administración local.

Desde el PSOE Alfafar consideramos que la ayuda es un balón de oxígeno imprescindible y valoramos profundamente su impacto potencial. Puede suponer un alivio económico y organizativo vital para hogares que llevan años soportando cargas inasumibles. Pero un derecho sobre el papel que no llega a sus destinatarios por falta de información se convierte en un derecho frustrado. Y es aquí donde la gestión del Ayuntamiento, la administración más cercana y la puerta de entrada a los servicios sociales, está demostrando unas carencias que no podemos pasar por alto.

Cuidadora ayudando a comer a un hombre con gran dependencia sentado en una silla de ruedas y protegido con una toalla.

La paradoja del silencio administrativo ante la urgencia vital

El núcleo de la controversia no reside en la cuantía de la prestación ni en su diseño técnico, sino en el modelo de atención social que se está aplicando. Los ayuntamientos disponen de los expedientes de dependencia de todos sus vecinos y saben perfectamente qué personas tienen ya reconocido un Grado III.

Tienen las herramientas para cruzar datos, revisar historiales y detectar de manera proactiva quién padece ELA o una enfermedad irreversible que justifique la revisión inmediata de su grado. Sin embargo, la realidad de la dependencia extrema en Alfafar nos muestra una administración que opera bajo una inercia estrictamente burocrática: los servicios sociales parecen actuar únicamente cuando es la familia quien pregunta, quien investiga y quien inicia el trámite.

Exigir que sean las propias familias quienes descubran las novedades del boletín oficial por casualidad o a través del boca a boca de las asociaciones es una falta de empatía institucional profunda. Hablamos de hogares que se encuentran absoluta y diariamente desbordados. Son familias que dedican veinticuatro horas al día a gestionar personal cuidador, cubrir bajas, asumir gastos elevadísimos y atender a un ser querido con una enfermedad progresiva y devastadora.

No disponen de tiempo, energía ni conocimientos jurídicos para estudiar la nueva normativa administrativa. Ante esta realidad, el Ayuntamiento no puede limitarse a esperar detrás de una ventanilla a que entren las solicitudes; tiene el deber moral y funcional de levantar el teléfono, concertar visitas domiciliarias, informar de los nuevos derechos y acompañar en el procedimiento.

La desinformación como obstáculo para el acceso a los derechos

Más grave aún que la falta de iniciativa es la desinformación. Nos llegan testimonios y advertencias sumamente preocupantes de personas que, al acudir a informarse sobre el Grado III+, han recibido respuestas negativas incorrectas por parte de los profesionales que deberían asesorarles. Familias a las que se les ha indicado que la ayuda no les correspondía, viéndose obligadas a regresar a las dependencias municipales con la normativa aprendida de memoria para poder defender un derecho que la ley ya les reconoce.

Esta situación puede tener múltiples orígenes: el desconocimiento de una instrucción autonómica reciente, la falta de formación específica y urgente al personal técnico, o una interpretación excesivamente restrictiva y desfasada de los requisitos. Un claro ejemplo de esta confusión institucional radica en la elección de la modalidad de la prestación por dependencia.

La norma permite optar entre la ayuda a domicilio mediante una empresa o la asistencia personal. Sin embargo, se están reportando casos en los que, apelando a decretos anteriores como el 62/2017, se imponen restricciones de edad para la figura del asistente personal —limitándola a personas de entre 18 y 64 años—, lo que condiciona y en ocasiones imposibilita la elección efectiva de las familias, obligándolas a derivar hacia otras modalidades que quizás no se adaptan tan bien a su realidad.

La administración local no puede ser un laberinto donde el ciudadano deba pelear para que se interprete correctamente la ley. Cuando existe una discrepancia o una falta de coordinación entre los criterios del Ayuntamiento y los de la Generalitat, el eslabón más débil, que es el paciente, es quien sufre las consecuencias del retraso.

Mujer con gran dependencia y asistencia respiratoria utiliza un dispositivo de comunicación con el apoyo de su cuidadora en el salón de casa.

El complejo reto de adaptar el modelo de cuidados familiares

El acceso al nuevo Grado III+ de dependencia exige, en la inmensa mayoría de los casos, una reestructuración completa del modelo de cuidados que la familia tenía establecido hasta el momento. Hasta ahora, las exiguas ayudas anteriores obligaban a muchas familias a contratar directamente a una persona, asumiendo no solo su salario, sino las cotizaciones a la Seguridad Social, las vacaciones, las pagas extraordinarias y el encaje de bolillos cuando se producía una baja médica.

Con la nueva prestación económica vinculada al servicio de ayuda a domicilio, la financiación permite cubrir el coste íntegro de estos servicios vinculados a la dependencia a través de una empresa especializada. Es la empresa la que asume la contratación, gestiona las vacaciones, cubre las ausencias y busca sustituciones, liberando a la familia de un peso organizativo asfixiante e incluso permitiendo, en muchos casos, financiar horas adicionales de atención.

La valoración de esta posibilidad es indiscutiblemente positiva. La controversia surge porque, para dar este paso y beneficiarse realmente de la medida en relación con la dependencia, las familias se enfrentan a un abismo de dudas procedimentales: qué empresa contratar, cómo justificar la idoneidad del servicio, si es posible que la empresa subrogue o mantenga a la persona cuidadora de confianza que ya está en el domicilio, o qué incompatibilidades existen con otras ayudas.

Sin un acompañamiento exhaustivo, pedagógico y cercano por parte de los servicios sociales municipales, un trámite que debería ser una solución se convierte en un nuevo problema generador de ansiedad. «Te dan la ayuda y ya está» no es una política social aceptable cuando hablamos de vidas al límite.

La realidad competencial frente al oportunismo político

En este contexto, es fundamental realizar una aproximación honesta a las competencias y responsabilidades de cada nivel de la administración. A nivel político, existe una evidente tentación por parte de algunos responsables autonómicos de apropiarse del relato y presentar el Grado III+ como una iniciativa exclusivamente propia. La verdad documental es que el origen de esta medida radica en los acuerdos del sistema estatal de dependencia impulsados por el Gobierno de España, fruto directo de la presión y el trabajo de las plataformas de afectados por la ELA.

La Generalitat Valenciana cumple con su deber al desarrollar el nuevo procedimiento de dependencia y la instrucción para aplicar la medida en la Comunitat Valenciana, y eso es positivo. Por su parte, la responsabilidad que desde el PSOE Alfafar reclamamos al Ayuntamiento no es la de legislar ni la de financiar una ayuda para la que no tiene competencia, sino la de ser un vehículo eficiente y no un muro de contención.

La crítica no es que el consistorio no haya creado la prestación, algo que sería demagógico afirmar; la denuncia legítima y necesaria es que el gobierno municipal no está desplegando todos los recursos a su alcance para asegurar que ni una sola familia que cumpla los requisitos se quede atrás.

Una exigencia ineludible para una administración verdaderamente humana

La política municipal debe medirse por su capacidad para impactar positivamente en el día a día de sus vecinos, especialmente de aquellos que atraviesan circunstancias de vulnerabilidad extrema. Una normativa destinada a transformar los cuidados de las personas con dependencia extrema no puede quedar sujeta a la suerte de que la familia lea la noticia en un medio de comunicación o pertenezca a una asociación que le asesore.

Por todo ello, se hace indispensable un cambio de rumbo inmediato en la gestión de los servicios sociales locales con respecto a la dependencia y otras cuestiones. Es urgente establecer protocolos de búsqueda activa, formar al personal en los detalles y matices de la nueva instrucción para evitar negativas injustificadas, y garantizar un acompañamiento integral durante los meses de tramitación. Solo mediante una identificación proactiva y un trato genuinamente humano lograremos que el esfuerzo legislativo del Estado cumpla su verdadero propósito: devolver la dignidad, el tiempo y la tranquilidad a quienes más lo necesitan.

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